Cómo dar de baja un coche sin llevarlo al desguace

Opciones legales para dar de baja un coche sin desguace: baja temporal, exportación o tránsito comunitario. Requisitos, documentos y pasos en la DGT.
Cómo dar de baja un coche sin llevarlo al desguace

¿Quieres dar de baja tu coche pero no quieres enviarlo al desguace? Es una duda muy habitual cuando vas a conservar el vehículo en una finca o garaje, cuando planeas venderlo fuera de España o si has sufrido un robo. En este artículo te explico cuándo es posible dar de baja un coche sin llevarlo a un Centro Autorizado de Tratamiento (desguace), qué opciones legales existen, cuáles son los requisitos y qué documentación necesitas presentar en la DGT, paso a paso.

¿Se puede dar de baja un coche sin desguace?

Sí, pero solo en situaciones concretas que no se consideran “fin de vida” del vehículo en España. La normativa obliga a entregar el vehículo a un Centro Autorizado de Tratamiento (CAT) cuando se trata de una baja definitiva por final de vida útil. Sin embargo, hay alternativas legales para darlo de baja sin desguace:

  • Baja temporal: permite sacar el coche de circulación y conservarlo.
  • Baja definitiva por exportación o tránsito comunitario: si el coche se da de baja en España porque se traslada a otro país.
  • Baja temporal por sustracción: si te han robado el vehículo.

Si lo que buscas es una baja definitiva en España y el coche no se exporta, la ley exige el desguace. Para el resto de escenarios, a continuación tienes los requisitos y los trámites.

Opción 1: baja temporal para conservar el coche

La baja temporal te permite retirar el vehículo del tráfico y guardarlo sin necesidad de llevarlo al desguace. Durante la baja temporal el coche no puede circular ni estacionar en la vía pública. Puedes mantenerlo en un garaje privado o almacén, y más adelante rehabilitarlo o renovar la baja.

Cuándo conviene

  • Quieres conservar el coche como proyecto o colección sin usarlo en la vía pública.
  • Vas a tenerlo parado una larga temporada (avería, viaje, segunda residencia, etc.).
  • Estás pendiente de decidir si lo vendes, lo arreglas o lo exportas.

Requisitos principales

  • Ser el titular o representante autorizado del vehículo.
  • No tener precinto en vigor. Un embargo no impide la baja temporal, pero un precinto sí.
  • Estar al corriente de los datos en el Registro de Vehículos y no tener incidencias que lo bloqueen.

Documentación necesaria

  • Identificación del titular: DNI/NIE o CIF (si es empresa). Si actúa un representante: autorización firmada, copia del DNI del titular y del representante.
  • Permiso de circulación y ficha técnica (ITV) del vehículo (o datos completos del vehículo si se tramita online).
  • Justificante del pago de la tasa correspondiente de la DGT (importe vigente).
  • En caso de sustracción, denuncia de robo.

Cómo tramitarla

Puedes hacerlo de dos formas:

  • Online: en la Sede Electrónica de la DGT o desde la app miDGT, con certificado digital, DNIe o sistema Cl@ve. Adjunta la documentación, abona la tasa y confirma la solicitud.
  • Presencial: con cita previa en una Jefatura de Tráfico. Lleva original y copia de la documentación y el justificante de la tasa.

Duración, efectos y renovación

  • La baja temporal tiene una duración inicial de un año, renovable antes de su vencimiento por periodos sucesivos.
  • Mientras dure, no puedes circular ni aparcar en vía pública y el vehículo debe permanecer fuera de la circulación.
  • En general, el IVTM (impuesto de circulación municipal) dejará de devengarse desde el periodo siguiente; consulta a tu ayuntamiento si ya se generó el del año en curso.
  • Si quieres volver a usar el coche, tramita la reactivación de la baja temporal (rehabilitación) y asegúrate de tener ITV y seguro en vigor.

Opción 2: baja definitiva por exportación o tránsito comunitario

Si vendes o te llevas el coche a otro país, puedes darlo de baja en España sin pasar por el desguace. Hay dos supuestos:

  • Exportación: traslado a un país fuera de la Unión Europea.
  • Tránsito comunitario: traslado a otro Estado miembro de la UE para su matriculación allí.

Requisitos principales

  • Ser el titular o contar con autorización firmada del titular si la solicita el comprador o un gestor.
  • Acreditar el destino y la transmisión (contrato de compraventa, factura, declaración responsable o documento aduanero, según el caso).
  • Que el vehículo no tenga precinto que impida la anotación registral.

Documentación necesaria

  • Identificación del solicitante (DNI/NIE o pasaporte). Si es empresa: CIF y acreditación de representación.
  • Permiso de circulación y ficha técnica del vehículo.
  • Contrato de compraventa o factura con los datos del comprador y del país de destino.
  • Para exportación fuera de la UE: documentación aduanera que corresponda según el destino.
  • Justificante del pago de la tasa de la DGT.

Cómo tramitarla

  • Online: desde la Sede Electrónica de la DGT. Adjunta la documentación acreditativa del destino y la transmisión.
  • Presencial: con cita previa en Jefatura de Tráfico.

¿Necesito placas verdes para salir de España?

Si vas a conducir el vehículo hasta su destino (o hasta la frontera) puedes pedir un permiso temporal por exportación y placas verdes. Para ello, normalmente necesitarás:

  • Seguro en vigor que cubra el periodo de validez del permiso temporal.
  • ITV vigente si vas a circular por vías públicas en España.
  • Pago de la tasa específica de permisos temporales.

Si el vehículo viaja en transporte (grúa, remolque o camión), no necesitas placas verdes.

Opción especial: baja temporal por sustracción

Si te han robado el coche, puedes solicitar una baja temporal por sustracción aportando la denuncia. Esta baja es indefinida mientras el vehículo no aparezca. Si se recupera, podrás pedir su rehabilitación para volver a circular o tramitar la baja definitiva si no deseas usarlo.

  • Trámite online o presencial en la DGT.
  • No requiere desguace. Si el coche no aparece, seguirá de baja temporal.

Casos en los que no puedes evitar el desguace

Aunque el objetivo de este artículo es explicar cómo dar de baja un coche sin desguace, conviene tener claros los límites legales:

  • Baja definitiva por fin de vida en España: exige la entrega en un CAT, que emitirá el certificado de destrucción y comunicará la baja a la DGT.
  • Vehículos abandonados: su retirada y tratamiento lo gestiona la administración, normalmente con destino a un CAT.
  • Falta de ITV o avería grave: no son motivos para baja definitiva sin desguace; usa la baja temporal o repara/exporta.

Requisitos y documentación: resumen por escenarios

Baja temporal (conservación)

  • Quién: titular o representante autorizado.
  • Documentos: identificación, permiso de circulación, ficha técnica, tasa pagada, denuncia si es por robo.
  • Condiciones: sin precinto; no circulación ni estacionamiento en vía pública; renovable.

Baja definitiva por exportación o tránsito comunitario

  • Quién: titular, comprador o gestor con autorización.
  • Documentos: identificación, permiso y ficha, contrato/factura, prueba de destino, tasa.
  • Opcionales: permiso temporal y placas verdes si vas a circular hasta la salida.

Representación y casos especiales

  • Si actúa un representante: autorización firmada del titular, copias de DNI y datos de contacto.
  • Si el vehículo es de una empresa: CIF, documento que acredite la representación (escritura, apoderamiento o certificado), y factura si hay venta.
  • Si existe reserva de dominio o leasing: para exportación, asegúrate de tener la cancelación o autorización de la entidad financiera.

Pasos prácticos para tramitar en la DGT

Trámite online

  • Accede a la Sede Electrónica de la DGT o app miDGT con certificado digital, DNIe o Cl@ve.
  • Selecciona el tipo de baja: temporal o definitiva por exportación/tránsito comunitario.
  • Rellena los datos del vehículo y del solicitante; sube la documentación escaneada.
  • Abona la tasa correspondiente.
  • Descarga el justificante de presentación y la resolución cuando esté disponible.

Trámite presencial

  • Pide cita previa en una Jefatura de Tráfico.
  • Lleva originales y copias de los documentos necesarios y el justificante de la tasa.
  • Si la documentación es correcta, te entregan el resguardo de baja o te lo remiten electrónicamente.

Efectos fiscales, seguro e ITV

  • Impuesto de circulación (IVTM): con la baja temporal o la definitiva por exportación, el ayuntamiento dejará de devengar el impuesto desde el periodo impositivo siguiente. Si ya se generó el del año, consulta la ordenanza local.
  • Seguro: en baja temporal puedes suspender o cancelar la póliza; valora mantener una cobertura de daños en garaje si te interesa.
  • ITV: no es necesaria en baja temporal para conservar el coche; sí la necesitas si vas a circular con placas verdes o cuando rehabilites la baja para volver a usarlo.

Errores frecuentes y consejos útiles

  • Revisa si hay precintos antes de solicitar la baja temporal; si existe, resuélvelo para evitar denegaciones.
  • Guarda todos los justificantes de la DGT y de pago de tasas; te servirán para acreditar la situación del vehículo.
  • Notifica al ayuntamiento si, tras la baja, sigue apareciendo el IVTM en cobro; aporta el justificante de la DGT.
  • Para exportación, valida los requisitos del país de destino (ITV/inspección, emisiones, documentación) antes de mover el coche.
  • Si vas a renovar una baja temporal, hazlo antes del vencimiento para no tener que rehabilitar y volver a tramitar.
  • Evita aparcar en la calle un coche en baja temporal: puede acarrear sanción y retirada al depósito.
  • Si no sabes qué opción elegir, empieza por baja temporal; te da margen para decidir (reparar, vender o exportar) sin pasar por el desguace.
Migue

Autor/-a de este artículo

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